Libre de culpa y cargo
Como lo había adelantado este medio, la Corte siguió el argumento del Subprocurador General que ya había fallado a favor del concejal del ARI que fue destituido el 24 de agosto del 2007, luego de ocho meses de proceso iniciado por el Ejecutivo cuando lo denunció por cobrar doble sueldo (concejal y no docente en la Universidad de Buenos Aires) y falsear una declaración jurada.
El Concejo formó una Comisión para tratar dos cuestiones: si existía incompatibilidad cuando la misma persona percibe una dieta como Concejal y a su vez como personal no docente de la UBA y si las declaraciones juradas firmadas por el concejal y su conducta de percibir dos sueldos del Estado constituyó una transgresión que amerite sanción.
Al ser destituido, Fernández plantea en la Justicia un “conflicto interno municipal contra el Concejo Deliberante”. En la sentencia, la Corte hace lugar al planteo y anula la decisión del cuerpo deliberativo del 24 de agosto.
El Subprocurador ya había entendido como irregular un detalle: que no se formó en realidad una comisión investigadora sino que fue la comisión de legislación y reglamento la que dispuso constituirse como tal, un error de forma que invalidó todo el proceso.
El argumento de los jueces -que votaron en unanimidad- es que hubo vicios en los procedimientos. “… la destitución… ha sido adoptada en abierta violación del procedimiento al que debió ajustarse” escribió el Juez Genoud.
En otro párrafo de la sentencia dicta-mina que “por los vicios procedimen-tales analizados, entiendo que no corresponde el tratamiento de fondo de la cuestión traída a debate por el concejal Fernández”.
Este había esgrimido que la denuncia se trató de “un verdadero proceso administrativo político que nació del intendente”.
El concejal nunca admitió error alguno, posibilidad que en reiteradas ocasiones le dieron sus pares como condición de tirar para atrás la destitución.
En la práctica la restitución del cargo no se hará efectiva porque el concejal del ARI nunca dejó su banca a la espera de ese fallo. Lo que vendrá ahora serán los planteos administrativos: el edil hace año y medio que tiene la dieta (sueldo) retenida.
Ya lo adelantó en la sesión del jueves: pedirá que “respondan” por la irregularidad de haberle retenido la dieta como concejal al ex titular del HCD Adrián Salinas y al contador Martín Monzón. El “respondan” es que exigirá que “se hagan cargo de los intereses y costas que devengan para subsanar y reparar el daño ocasionado”.
Persistente
Lo trataron de “cabeza dura”. Fernández no dio el brazo a torcer y no reconoció que se equivocó. Primero zafó de una denuncia penal en el Juzgado de Campana por la firma de la declaración jurada. Luego el Procurador objetó el proceso. Y ahora la Corte dictó sentencia en el mismo sentido (no la conducta). En más de una oportunidad el edil manifestó su confianza en el fallo. El tiempo le dio la razón.
La Corte Suprema bonaerense falló a favor del concejal Fernández, destituido por cobrar en dos reparticiones del Estado.El fallo se esperaba favorable y el pasado 4 de junio la Corte bonaerense -compuesta por tres jueces- dictó sentencia.
Como lo había adelantado este medio, la Corte siguió el argumento del Subprocurador General que ya había fallado a favor del concejal del ARI que fue destituido el 24 de agosto del 2007, luego de ocho meses de proceso iniciado por el Ejecutivo cuando lo denunció por cobrar doble sueldo (concejal y no docente en la Universidad de Buenos Aires) y falsear una declaración jurada.
El Concejo formó una Comisión para tratar dos cuestiones: si existía incompatibilidad cuando la misma persona percibe una dieta como Concejal y a su vez como personal no docente de la UBA y si las declaraciones juradas firmadas por el concejal y su conducta de percibir dos sueldos del Estado constituyó una transgresión que amerite sanción.
Al ser destituido, Fernández plantea en la Justicia un “conflicto interno municipal contra el Concejo Deliberante”. En la sentencia, la Corte hace lugar al planteo y anula la decisión del cuerpo deliberativo del 24 de agosto.
El Subprocurador ya había entendido como irregular un detalle: que no se formó en realidad una comisión investigadora sino que fue la comisión de legislación y reglamento la que dispuso constituirse como tal, un error de forma que invalidó todo el proceso.
El argumento de los jueces -que votaron en unanimidad- es que hubo vicios en los procedimientos. “… la destitución… ha sido adoptada en abierta violación del procedimiento al que debió ajustarse” escribió el Juez Genoud.
En otro párrafo de la sentencia dicta-mina que “por los vicios procedimen-tales analizados, entiendo que no corresponde el tratamiento de fondo de la cuestión traída a debate por el concejal Fernández”.
Este había esgrimido que la denuncia se trató de “un verdadero proceso administrativo político que nació del intendente”.
El concejal nunca admitió error alguno, posibilidad que en reiteradas ocasiones le dieron sus pares como condición de tirar para atrás la destitución.
En la práctica la restitución del cargo no se hará efectiva porque el concejal del ARI nunca dejó su banca a la espera de ese fallo. Lo que vendrá ahora serán los planteos administrativos: el edil hace año y medio que tiene la dieta (sueldo) retenida.
Ya lo adelantó en la sesión del jueves: pedirá que “respondan” por la irregularidad de haberle retenido la dieta como concejal al ex titular del HCD Adrián Salinas y al contador Martín Monzón. El “respondan” es que exigirá que “se hagan cargo de los intereses y costas que devengan para subsanar y reparar el daño ocasionado”.
Persistente
Lo trataron de “cabeza dura”. Fernández no dio el brazo a torcer y no reconoció que se equivocó. Primero zafó de una denuncia penal en el Juzgado de Campana por la firma de la declaración jurada. Luego el Procurador objetó el proceso. Y ahora la Corte dictó sentencia en el mismo sentido (no la conducta). En más de una oportunidad el edil manifestó su confianza en el fallo. El tiempo le dio la razón.
No hay comentarios:
Publicar un comentario