[EN EL HCD]
El partido opositor presentó un par de pedidos en la última sesión del martes, y prepara otro para la próxima.
Fuerza Exaltación presentó el martes un pedido de informe referido situación que afecta a la comunidad escolar de la E.G.B. Nº 5 de Parada La Lata, que está reclamando a las autoridades locales "la reimplantación del servicio de transporte de Capilla del Señor a Parada La Lata, el cual, por circunstancias que se desconocen, se encuentra suspendido desde el día 4 de noviembre del corriente", explicaron.
En otro pedido de informe, FE solicitó información a los efectos de tomar conocimiento "acerca de si se ha implementado la utilización de tarjetas bancarias, cuyos beneficios fueron explicitados por las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, mediante la realización de una importante campaña publicitaria". En caso de no haberse implementado tal sistema, es menester hacer conocer a la opinión pública las causas que la impiden, pidió la autora de la iniciativa Paula Faure.
En tanto para la próxima sesión presentará en el Concejo Deliberante un pedido de informe en relación a la situación laboral de las personas con discapacidad.
En ese sentido solicitarán al gobierno municipal un informe de la cantidad de personas discapacitadas empleadas por el Municipio, considerando como tales a personal de planta permanente transitoria, jornalizados y cualquier modalidad de contratación laboral sea cual fuera su naturaleza. Además la cantidad de vacantes reservadas para ser ocupadas exclusivamente por personas con discapacidad.
Faure, que es abogada, explicó que de acuerdo al Artículo 2º de la Ley Nº 22.431, del Sistema de Protección Integral a las Personas Discapacitadas define a las personas con discapa-cidades como aquellas que padecen «…una alteración funcional, permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral».
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo, en su Convenio Nº 159, Artículo 1º, «…entiende por «persona inválida» a toda persona cuya posibilidad de obtener y conservar un empleo adecuado y de progresar en el mismo, queden sustancialmente reducidas a causa de una deficiencia de carácter físico o mental debidamente reconocida. Además, en su artículo 4º señala que «Las medidas positivas encaminadas a lograr la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre los trabajadores inválidos y los demás trabajadores no deberán considerarse discriminatorias respecto de estos últimos».
"De acuerdo a esta normativa se hace imperioso conocer si el estado municipal cumple con normativa de orden nacional y provincial que tutela los derechos de las personas con capacidades dife-rentes caso contrario articular un procedimiento para que se integre al municipio a las personas del distrito con capacidades diferentes" detalló la concejal.
El partido opositor presentó un par de pedidos en la última sesión del martes, y prepara otro para la próxima.
Fuerza Exaltación presentó el martes un pedido de informe referido situación que afecta a la comunidad escolar de la E.G.B. Nº 5 de Parada La Lata, que está reclamando a las autoridades locales "la reimplantación del servicio de transporte de Capilla del Señor a Parada La Lata, el cual, por circunstancias que se desconocen, se encuentra suspendido desde el día 4 de noviembre del corriente", explicaron.
En otro pedido de informe, FE solicitó información a los efectos de tomar conocimiento "acerca de si se ha implementado la utilización de tarjetas bancarias, cuyos beneficios fueron explicitados por las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, mediante la realización de una importante campaña publicitaria". En caso de no haberse implementado tal sistema, es menester hacer conocer a la opinión pública las causas que la impiden, pidió la autora de la iniciativa Paula Faure.
En tanto para la próxima sesión presentará en el Concejo Deliberante un pedido de informe en relación a la situación laboral de las personas con discapacidad.
En ese sentido solicitarán al gobierno municipal un informe de la cantidad de personas discapacitadas empleadas por el Municipio, considerando como tales a personal de planta permanente transitoria, jornalizados y cualquier modalidad de contratación laboral sea cual fuera su naturaleza. Además la cantidad de vacantes reservadas para ser ocupadas exclusivamente por personas con discapacidad.
Faure, que es abogada, explicó que de acuerdo al Artículo 2º de la Ley Nº 22.431, del Sistema de Protección Integral a las Personas Discapacitadas define a las personas con discapa-cidades como aquellas que padecen «…una alteración funcional, permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral».
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo, en su Convenio Nº 159, Artículo 1º, «…entiende por «persona inválida» a toda persona cuya posibilidad de obtener y conservar un empleo adecuado y de progresar en el mismo, queden sustancialmente reducidas a causa de una deficiencia de carácter físico o mental debidamente reconocida. Además, en su artículo 4º señala que «Las medidas positivas encaminadas a lograr la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre los trabajadores inválidos y los demás trabajadores no deberán considerarse discriminatorias respecto de estos últimos».
"De acuerdo a esta normativa se hace imperioso conocer si el estado municipal cumple con normativa de orden nacional y provincial que tutela los derechos de las personas con capacidades dife-rentes caso contrario articular un procedimiento para que se integre al municipio a las personas del distrito con capacidades diferentes" detalló la concejal.
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